La Real Academia de la Lengua Española los define de la siguiente manera:
Patria
1. f. Tierra natal o adoptiva ordenada como nación, a la que se siente ligado el ser humano por vínculos jurídicos, históricos y afectivos.
2. f. Lugar, ciudad o país en que se ha nacido.
Nación
(Del lat. natĭo, -ōnis).
1. f. Conjunto de los habitantes de un país regido por el mismo gobierno.
2. f. Territorio de ese país.
3. f. Conjunto de personas de un mismo origen y que generalmente hablan un mismo idioma y tienen una tradición común.
Pensando en ambos términos me dio por revisar la actual Constitución Cubana en busca de esos vínculos jurídicos que debieran atarme a mi patria. Busqué la Constitución Cubana vigente en Gaceta Oficial, de la Republica de Cuba. Publicación Digital: "Constitución de la República de Cuba.
El 10 de junio del 2002, el pueblo de Cuba, en un proceso plebiscitario popular sin precedentes, puesto de manifiesto tanto en la Asamblea Extraordinaria de las direcciones nacionales de las organizaciones de masas; como en actos y marchas realizados el día 12 del propio mes de junio a todo lo largo y ancho del país, en los que participaron más de nueve millones de personas y para la firma pública y voluntaria de 8 198 237 electores durante los días 15, 16 y 17 de ese mismo mes ratificaron el contenido socialista de esta Constitución en respuesta a las manifestaciones injerencistas y ofensivas del Presidente de los Estados Unidos de América, e interesaron de la Asamblea Nacional del Poder Popular reformarla, para dejar expresamente consignado el carácter irrevocable del socialismo y del sistema político y social revolucionario por ella diseñado, así como que las relaciones económicas, diplomáticas y políticas con otro Estado no pueden ser negociadas bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera, ante lo cual el órgano supremo de poder del Estado, en sesión extraordinaria, convocada al efecto, adoptó por unanimidad el Acuerdo No. V-74, por el que se aprobó la Ley de Reforma Constitucional el 26 de junio del 2002"...
Todos los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución.
El socialismo y el sistema político y social revolucionario establecido en esta Constitución, probado por años de heroica resistencia frente a las agresiones de todo tipo y la guerra económica de los gobiernos de la potencia imperialista más poderosa que ha existido y habiendo demostrado su capacidad de transformar el país y crear una sociedad enteramente nueva y justa, es irrevocable, y Cuba no volverá jamás al capitalismo.
No quiero hacer un post demasiado largo, ni desviarme del tema, pero me parece
oportuno señalar que, los que escribieron semejante documento, han utilizado hipócritamente a la figura de José Martí como garante de esa patria socialista donde sólo caben los fidelistas-socialistas. Con razón muchos piensan que existieron dos José Martí: uno comunista y otro democrático liberalista. Tal vez los psicólogos cubanos al servicio del régimen justifiquen esta creencia argumentando que nuestro Héroe Nacional, nuestro Apóstol, sufría de bipolaridad.
Volviendo a los vínculos jurídicos que debieran unirme a mi patria.
Me detengo a leer los artículos del Capitulo XIII: Tribunales y Fiscalía. Hago una parada necesaria en:
ARTICULO 127.-La Fiscalía General de la República es el órgano del Estado al que corresponde, como objetivos fundamentales, el control y la preservación de la legalidad, sobre la base de la vigilancia del estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales, por los organismos del Estado, entidades económicas y sociales y por los ciudadanos; y la promoción y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado.
La ley determina los demás objetivos y funciones, así como la forma, extensión y oportunidad en que la Fiscalía ejerce sus facultades al objeto expresado. ARTICULO 128.-La Fiscalía General de la República constituye una unidad orgánica subordinada únicamente a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado. El Fiscal General de la República recibe instrucciones directas del Consejo de Estado. Al Fiscal General de la República corresponde la dirección y reglamentación de la actividad de la Fiscalía en todo el territorio nacional. Los órganos de la Fiscalía están organizados verticalmente en toda la nación, están subordinados sólo a la Fiscalía General de la República y son independientes de todo órgano local. "
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Después de tan agotadora lectura y de analizar todos los artículos de esta infamante Constitución, me queda bien claro que, jurídicamente, no tengo ningún lazo con esa patria socialista. Siento mucha pena con aquellos cubanos que la defienden ciegamente: ¡Qué equivocados están!
Mis lazos con mi patria son afectivos, y por ese amor que me une a mi pueblo mantengo la esperanza de que algún día Cuba sea, no la patria socialista, sino la patria de todos y para el bien de todos los cubanos. Patria por la que lucharon Martí y todos los próceres de nuestras guerras de independencia: una patria incluyente, pluralista, democrática, gobernada con leyes propias y ajustables a todas las características propias del país, incluyendo sus elementos naturales.
Del José Martí democrático, humanista al que tanto he admirado, sin que eso me lleve a sobre dimensionar su valor como patriota y como ser humano, he tomado las siguientes definiciones:
"Patria es comunidad de intereses, unidad de tradiciones, unidad de fines, fusión dulcísima y consoladora de amores y esperanzas"
"La patria es sagrada, y los que la aman, sin interés ni cansancio, le deben toda la verdad."
"De la patria puede tal vez desertarse, mas nunca en su desventura"
"De altar se ha de tomar a Cuba para ofrendarle nuestra vida, y no de pedestal para levantarse sobre ella".
Esperanza E Serrano
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